SE RECIBIO, el informe presentado en forma verbal por El Concejal Luis Garcete, expresa: En este punto de informe, una vez más solicito si tenemos alguna respuesta o solución sobre el tema de Biggie y la estación de servicio en el kilómetro 24. Solicito ver qué informe positivo tenemos porque no podemos estar esperando callados y sin respuestas; El Concejal David Llano, expresa: Sobre el tema de la empresa Biggie en Aldana Cañada y el derribo de árboles, solicito saber cuándo se pidieron esos informes. Si la intendencia no respondió, pido una reiteración al intendente electo, quien conoce bien el tema. Debemos tomar los recaudos necesarios; nosotros ya trabajamos sobre la suspensión de obras y, si no hay respuesta, deberíamos remitir los antecedentes al fiscal. También propongo convocar al director de obras para mañana a las 10:00 horas para discutir este tema; El Concejal Bernardo Sosa, expresa: Respecto a este punto, sugiero encomendar al presidente que converse con el intendente para que se dicte una medida de urgencia. El artículo Nº 99 de la Ley Orgánica Municipal faculta a la intendencia a emitir una resolución de urgencia mientras sigue el proceso en el juzgado de faltas. Esa es la solución inmediata para el caso Biggie; El Concejal José Riquelme, expresa: Apoyo lo manifestado por el colega Bernardo Sosa. Creo que es una medida correspondiente y la ley nos faculta. Han pasado ya 15 días y es necesario actuar; El Concejal Luis Garcete, expresa: Es muy importante que la intendencia nos informe si realmente ya existe una denuncia en la Fiscalía de Medio Ambiente. A veces pedimos informes y no sabemos si el procedimiento ya se hizo. Debemos saber si lo que pedimos tiene un eco favorable; El Concejal Óscar Barreto, expresa: Sobre la medida de urgencia del artículo 99, es una facultad imperativa del intendente para hacer cumplir normas o evitar daños inminentes al medio ambiente y la salud. El artículo 100 establece que la resolución debe ser fundada y, una vez aplicada, se remiten los antecedentes al juzgado de faltas en 48 horas. Es vital que se dicte esta medida porque estamos hablando de daño ambiental y material que afecta a los vecinos cuando llueve. Debemos instar al intendente a tomar esta resolución para demostrar la firmeza de esta administración municipal; El Concejal Presidente, Braulio Riquelme, expresa: Quedamos entonces en convocar al director de obras y también invitaría a la jueza de faltas para mañana viernes a las 10:00 horas, para ver los mecanismos legales a seguir. A consideración. Aprobado. No habiendo más informes, damos por culminada la sesión. Y puesta a consideración de la plenaria es aprobado por unanimidad.
Por tanto;
LA JUNTA MUNICIPAL RESUELVE:
Art. 1º INSTAR al Intendente Municipal a dictar una medida de urgencia, conforme al Art. 99 de la Ley 3966/10, para el cese inmediato de actividades en los sitios denunciados por daño ambiental.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
Art. 2º CONVOCAR formalmente al Director de Obras y a la Jueza de Faltas para una reunión de trabajo el día viernes a las 10:00 horas en el local de la Junta Municipal.--------------------------
Art. 3º ANOTAR, Registrar y cumplido archivar.--------------------------------------------------------
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Abg. Jorge Alberto Flores Bordón
Secretario Gral. J.M.
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Lic. Braulio Ramón Riquelme Ferreira
Presidente J.M.
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TÉNGASE POR RESOLUCIÓN MUNICIPAL, REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
Capiatá, de de 2026.-
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Prof. Rafael Zárate López
Secretario Gral.
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Francisco Javier López González
Intendente Municipal
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