| Capiata - Paraguay: 03 June, 2026 |
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Por tanto;
LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CAPIATÁ REUNIDA EN CONSEJO ORDENA:
Art. 1º DISPONER que la Intendencia Municipal se constituya como autoridad de aplicación, en materia de la función pública que componen la Municipalidad de Capiatá, con facultad legal para la emisión de disposiciones administrativas y operativas, así como los reglamentos técnicos necesarios para la aplicación de la Ley N° 7445/2025, "De la Función Pública y del Servicio Civil" y su reglamentación correspondiente. Asimismo, la Junta Municipal, podrá ser autoridad de aplicación de la citada Ley en los asuntos vinculados a este órgano de gobierno.-----------------------------------------------------------------------------------------
Art. 2º FACÚLTASE a la Intendente Municipal a establecer la gradualidad de aplicación de los aspectos regulados en la Ley N° 7445/2025, en concordancia con las disposiciones presupuestarias vigentes. Donde deberá establecer la implementación gradual de la misma dentro las respectivas competencias municipales.------------------------------------------------------
Art. 3º DISPONER que el Intendente Municipal, se constituye como la autoridad rectora en materia de política de remuneraciones para las instituciones incluidas en el Presupuesto Municipal.----------------------------------------------------------------------------------------------------
Art. 4º REMITIR copia al Ministerio de Economía y Finanzas a través del Viceministerio de Capital Humano y Gestión Organizacional, a la Caja de Jubilaciones y Pensiones del Personal Municipal (CJPPM) y al Ministerio del Interior.-------------------------------------------------------
Art. 5º COMUNIQUESE a la Intendencia Municipal, publíquese y cumplido archívese.------
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CAPIATA, A LOS VEINTE Y DOS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE Y CINCO.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
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Abg. Jorge Alberto Flores Bordón Secretario Gral. J.M |
Lic. Braulio Ramón Riquelme Ferreira Presidente J.M. |
TÉNGASE POR ORDENANZA MUNICIPAL, ENVIESE TRES EJEMPLARES AL MINISTERIO DEL INTERIOR, QUEDANDO SANCIONADA LA MISMA DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ART. 43 DE LA LEY 3966/2010 ORGÁNICA MUNICIPAL, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.-----------------------------------------------------------
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Prof. Rafael Zárate López Secretario Gral. |
Abg. Laura Cristina Gamarra de Talavera Intendente Municipal |